Concepción de la Defensoría
La Defensoría Delegada Especial, con competencia nacional, en el Área de Personas con Discapacidad, fue creada mediante Resolución Nº DP-2001-155 del 27 de noviembre de 2001, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 37.335 de fecha 29 de noviembre de 2001 y modificada el 8 de septiembre de 2008, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.012, de fecha 9 de septiembre de 2008.
Esta Defensoría nace bajo los principios de nuestra Carta Magna, la cual reconoce la igualdad ante la ley de todas las personas, prohibiendo toda forma de discriminación que tenga por objeto o resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos y libertades de todos los ciudadanos y ciudadanas en igualdad de condiciones.
Por ello, el Estado venezolano está en la obligación de garantizar las condiciones jurídicas y administrativas para que la igualdad ante la ley sea real y efectiva, así como el deber de adoptar medidas positivas a favor de personas o grupos que puedan ser marginados o vulnerados, y en consecuencia proteger a aquellas personas que por algunas de estas circunstancias sean susceptibles de debilidad manifiesta.
Según el artículo 81 de la CRBV toda persona con discapacidad tiene derecho al ejercicio pleno y autónomo de sus capacidades y a su integración familiar y comunitaria y las instituciones del Estado junto a la sociedad debe garantizar el respeto a su dignidad humana, la equiparación de oportunidades, condiciones laborales satisfactorias y promover su formación, capacitación y acceso al empleo acorde con sus condiciones.
A quién va dirigida la función de esta Defensoría
A todas las personas, con especial énfasis a las personas con discapacidad.
Aplicabilidad Social y Jurídica
Según cifras del Instituto Nacional de Estadística (INE) en Venezuela existen 907.692 personas con algún tipo de discapacidad. De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS) alrededor de 650 millones de personas en el mundo, es decir, aproximadamente el 10 por ciento de la población mundial total, sufre de diversas formas de discapacidad. Asimismo, el ochenta por ciento de las personas con discapacidad, más de 400 millones de personas, viven en países pobres, con menos posibilidades para atender sus necesidades.
A esto se suma que en todo el mundo las personas con discapacidad siguen enfrentándose a obstáculos en su participación en la sociedad, y a niveles inferiores de vida. Por otro lado, cuando se incluye a los familiares inmediatos, el número de personas afectadas por alguna discapacidad suma más de mil millones. Esto resulta particularmente importante ya que las discapacidades son un factor que contribuye a la pobreza, a un acceso limitado de sus derechos fundamentales, favoreciendo la exclusión y discriminación tanto para las personas con discapacidad como para sus familias.
Las implicaciones de este tipo de proyecciones justifican la importancia y necesidad de que exista una institución dentro de la estructura del Estado venezolano, la cual promueva, defienda y vigile los derechos humanos de esta población, que alcanza en nuestro país la suma de 3 millones de personas con alguna discapacidad.
Ámbito de Resultados
Realización de talleres denominados: “Discusiones sobre el Reglamento de la Ley para las Personas con Discapacidad”. Asimismo, actividades de formación sobre Salud Sexual y Reproductiva y Prevención de Drogas dirigidas a los jóvenes de las Casas de Formación Integral Carolina Uslar, Cochecito, José Gregorio Hernández y Ciudad Caracas.
Aportes y recomendaciones al Proyecto de Reglamento de la Ley para Personas con Discapacidad.
Coordinación con las Defensorías Delegadas Estadales para la realización de 22 foros sobre la Ley para las Personas con Discapacidad.
Relaciones sociales
Instituciones del Estado.
Instituciones Educativas.
Fundación PRO – CURA de la Parálisis.
Diversas Fundaciones y Asociaciones.