- Detalles
-
Categoría: Preguntas Frecuentes
-
Publicado: Domingo, 22 Febrero 2015 02:37
-
Visto: 20742
La Defensoría del Pueblo, como órgano integrante del Poder Ciudadano, que forma parte del Poder Público Nacional, tiene a su cargo la promoción, defensa y vigilancia de los derechos y garantías establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en los instrumentos internacionales sobre Derechos Humanos, además de los intereses legítimos, colectivos o difusos de los ciudadanos y ciudadanas dentro del territorio, y de éstos cuando estén sujetos a la jurisdicción de la República en el exterior.
Nuestra Visión es ser un órgano del Poder Ciudadano comprometido a lograr el pleno reconocimiento y protección de la dignidad de todas las personas, fundamentalmente de aquellas en situación de discriminación, marginalidad y vulnerabilidad. Potenciando la participación protagónica y la organización de las comunidades para la realización plena de sus Derechos Humanos. Promoviendo la transformación del Estado y la reducción de las asimetrías de poder, para alcanzar la justicia social, bajo el principio de corresponsabilidad. Contribuyendo con una cultura de Derechos Humanos fundamentada en los principios de solidaridad internacional, autodeterminación de los pueblos y bienestar de la humanidad.
Esta institución se propone construir confianza a partir de la vigencia del Estado Social de Derecho y de Justicia y contribuir a la estabilidad institucional del país, promoviendo prácticas de buen gobierno que brinden eficiencia, respeto a los derechos fundamentales y el cumplimiento correcto de los principios que inspiran la ética y la convivencia social.
- Detalles
-
Categoría: Preguntas Frecuentes
-
Publicado: Domingo, 22 Febrero 2015 02:35
-
Visto: 15003
La Defensoría del Pueblo es competente para actuar en situaciones en las que existen amenazas o vulneración de los Derechos Humanos de los ciudadanos y ciudadanas por parte de los funcionarios y funcionarias que conforman el Poder Público Nacional.
Esta institución no puede resolver conflictos entre particulares. En estos casos, la Defensoría es competente sólo cuando una de las partes es una empresa prestadora de algún servicio público, ya que aunque el Estado delega la prestación del servicio en un particular, sigue siendo responsable de la protección de los derechos involucrados.
La Defensoría del Pueblo no puede asumir la defensa de derechos infringidos cuando un caso ya esté en jurisdiscción judicial. Sin embargo, cualquiera de las partes puede solicitar la presencia de esta institución en las audiencias y demás fases del proceso. En estos casos, sólo puede actuar a petición de parte y cuando se haya violado el debido proceso.
Además de sus funciones de promoción, defensa y vigilancia, la Defensoría del Pueblo se concentra en la protección de materias y poblaciones especiales: Salud y Seguridad Social, Niños, Niñas y Adolescentes, Pueblos Indígenas, Personas con Discapacidad, Régimen Penitenciario, Asuntos Policiales, Materia Ambiental y Servicios Públicos.